El proyecto se aprobó por 38 votos positivos contra 29 negativos y 1 abstención. También se respaldó el denominado “Programa de los 1000 días”. La iniciativa se aprobó después de más de 12 horas de debate.
El proyecto establece que las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a:
- Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en esta ley;
- Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, de conformidad con lo establecido en esta ley;
- Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados, de conformidad con esta ley;
- Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y métodos anticonceptivos eficaces.
En términos de plazo la nueva ley establece que personas con capacidad gestante podrán acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional. Pasado dicho plazo la persona gestante solo podrá acceder a un aborto en las siguientes circunstancias:
- Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante ante el personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida;
- Si estuviera en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
Además la nueva ley establece varios puntos que, en esencia, destacan y garantizan el trato digno dentro los centros de salúd para las personas gestantes tanto durante el aborto como en el posaborto.