
El Poder Legislativo sancionó por unanimidad la Ley Nº 3078-G, iniciativa de la presidenta Elida Cuesta, que establece la obligatoriedad de instalar en todos los espacios públicos y privados donde concurra una gran afluencia de público un desfibrilador externo automático con el objetivo de cuidar la salud y la vida de los chaqueños contribuyendo a la disminución de la mortalidad cardiovascular.
La normativa establece que la autoridad de aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo y deberá capacitar al personal que estará a cargo del desfibrilador promoviendo la formación en técnicas de Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP).
En este sentido Cuesta manifestó que “hay una ley nacional que establece la obligatoriedad de tener desfibriladores en todos los espacios y edificios públicos y privados, pero esto no se cumplía, por eso nos adherimos a esa ley, pero también establecimos como obligatorio en todos los espacios públicos tener estos aparatos, ya que pueden salvar una vida en segundos”.
Por otra parte, la normativa establece que en los establecimientos públicos y privados en los cuales se instalará el desfibrilador externo automático deberá estar señalizado por carteles e instructivos con el procedimiento a seguir para la utilización del mismo.